La Rebeldía Procesal y el Reconocimiento Tácito de la Prueba Documental Digital en el Fuero Laboral de la Provincia de Buenos Aires

Análisis Jurisprudencial de la SCBA sobre Chats de WhatsApp y Transferencias Bancarias

DERECHO LABORAL

11/26/202512 min read

I. Marco Conceptual y Fundamentos de la Inversión Probatoria en PBA


El proceso laboral en la Provincia de Buenos Aires (PBA) opera bajo principios que buscan mitigar la desigualdad material inherente entre el trabajador y el empleador. Dentro de este marco protectorio, el análisis de la prueba adquiere una dimensión especial, particularmente en lo que respecta a la distribución de la carga probatoria y las consecuencias derivadas del silencio o la inacción procesal de la parte demandada.


A. El Principio Protectorio y la Carga Dinámica de la Prueba


El sistema judicial laboral, constitucionalmente orientado, promueve una justicia procesal equitativa que requiere una redistribución equilibrada de la carga probatoria.1 Este enfoque se basa en el principio de proporcionalidad, el cual exige que la obligación de probar sea razonable y ajustada a la situación real de cada parte.1

En el contexto de las relaciones laborales, esta doctrina de la proporcionalidad encuentra su justificación en la asimetría estructural de información y recursos. El empleador, al ser la parte que organiza la empresa y tiene la potestad de documentación y registro, posee una posición dominante respecto al acceso a los elementos probatorios.2 La aplicación de inferencias probatorias desfavorables a partir del silencio del demandado es, por lo tanto, un mecanismo legítimo y necesario para reequilibrar la balanza procesal.2 No se trata de una mera regla técnica, sino de una herramienta indispensable para consolidar una justicia laboral protectora.1


B. Naturaleza y Efectos de la Rebeldía y el Silencio Procesal en PBA


La normativa procesal bonaerense establece consecuencias claras para la falta de comparecencia o contestación de la demanda.


La Presunción Iuris Tantum (Artículo 34, PBA)


El principio fundamental que rige el silencio del demandado se encuentra consagrado en normas similares al Art. 34 inc. a) (NJF 986), el cual establece una presunción de verdad para los hechos pertinentes, lícitos y verosímiles que fueron invocados por la parte actora.3 Esta presunción legal es de naturaleza iuris tantum, lo que significa que no es absoluta, sino que admite prueba en contrario.3 La SCBA ha sostenido que esta presunción solo decae en la medida en que los elementos probatorios reunidos por la parte rebelde o silenciosa constituyan prueba fehaciente en sentido opuesto.


Analogía con el Artículo 55 LCT (Omisión de Exhibición)


Una de las figuras probatorias más fuertes en el derecho laboral es la presunción establecida en el Artículo 55 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Dicha norma imputa una presunción en contra del empleador cuando este omite la exhibición de la documentación laboral obligatoria (como libros, registros, recibos de sueldo, etc.). Esta presunción es de gran peso y solo puede enervarse mediante prueba "fehaciente en contrario", y no simplemente a través de una negativa genérica del hecho en cuestión.4

La importancia de esta norma reside en que sienta el precedente legal para castigar la omisión documental del empleador. El análisis jurisprudencial indica que esta presunción opera como el molde legal esencial para aplicar una inferencia negativa similar, y robusta, cuando el empleador falla en impugnar específicamente la autenticidad de la prueba digital. En ambos casos —la omisión de exhibir documentación interna (Art. 55 LCT) y la omisión de impugnar un documento externo (prueba digital)— se sanciona el incumplimiento del deber de diligencia y colaboración documental del empleador, quien es el custodio de los elementos de juicio o el mejor posicionado para desvirtuarlos.


II. El Desafío de la Prueba Documental Digital: Estándares de Autenticidad y Validez


La irrupción de las comunicaciones electrónicas y las transacciones digitales ha obligado a los tribunales laborales a adaptar el concepto tradicional de prueba documental. Sin embargo, la facilidad de manipulación de estos archivos ha impuesto requisitos estrictos para su valoración, requisitos que deben ser analizados a la luz del silencio procesal del demandado.


A. Calificación y Admisibilidad de la Prueba Digital


La jurisprudencia ha reconocido que el avance tecnológico exige que la prueba digital (correos electrónicos, chats, grabaciones) se considere bajo un concepto amplio de prueba documental, aunque esto requiera adaptaciones procedimentales para su validez.5 Esta interpretación se produce en consonancia con la realidad social, evitando que la revisión fáctica de los tribunales quede limitada únicamente a los documentos escritos en formato papel.5

El marco normativo de PBA, especialmente tras la implementación de la Ley 15.057, ha innovado al incorporar la oralidad y la inmediación judicial con un registro detallado y perfecto de las audiencias.6 Si bien la Ley 15.057 introduce mejoras en el registro procesal, la regulación específica de la prueba digital y su valoración aún puede considerarse insuficiente 7, lo que obliga a la SCBA y a los Tribunales de Trabajo a suplir estas lagunas con doctrina robusta.


B. La Cuestión Crítica de la Autenticidad: WhatsApp y su Valor Probatorio


Los mensajes de WhatsApp, utilizados frecuentemente para comunicar despidos, reconocer horas extras o contener indicios de acoso laboral 8, presentan un desafío probatorio particular.


Riesgo de Manipulación y Requisitos de Refuerzo


La presentación de conversaciones de WhatsApp mediante simples capturas de pantalla es la forma más accesible, pero a su vez, la de menor peso probatorio, debido a la facilidad con la que pueden ser editadas o manipuladas.8 Por ello, la doctrina exige que las capturas se acompañen de alguna otra forma de verificación, como la testimonial o, en escenarios de controversia compleja, un peritaje informático.8 El informe pericial es la opción más sólida y posee gran peso, especialmente si existe sospecha fundada de manipulación.8

No obstante, el peritaje informático representa una barrera material significativa para el trabajador. Dicha prueba es costosa y, en muchos casos, tecnológicamente compleja de obtener, sobre todo si requiere requisitorias internacionales a empresas como META (propietaria de WhatsApp), las cuales suelen ser infructuosas.9 El alto costo y la baja viabilidad de la prueba pericial obligan a que el principio de equidad procesal sea el motor para utilizar la sanción del silencio del demandado como mecanismo de autenticación. De lo contrario, la exigencia probatoria formal anularía la posibilidad de prueba para la parte más débil.


C. Las Transferencias Digitales (CBU/Alias) como Prueba Indiciaria


Los comprobantes de transferencias bancarias digitales (a través de CBU o alias) cumplen una doble función probatoria. En primer lugar, demuestran la existencia de un flujo monetario, y en segundo, si son recurrentes y consistentes, pueden servir como prueba indiciaria de la existencia de una relación laboral o el pago de remuneraciones, incluso en situaciones de empleo no registrado (en negro).

El requisito clave para su valoración es la contextualización. Las transferencias, por sí solas, son neutras. Deben ser enmarcadas en la relación fáctica alegada (por ejemplo, probando que se corresponden con pagos semanales por el monto de un salario o comisión) para ser admitidas como prueba documental válida de la remuneración o del vínculo laboral.


III. El Salto Jurisprudencial: Equiparación del Silencio con el Reconocimiento Tácito de Autenticidad


La doctrina de la SCBA ha desarrollado un mecanismo para armonizar la exigencia de autenticidad de la prueba digital con los principios protectores del derecho laboral, utilizando la omisión procesal del empleador como llave para dar valor probatorio a los documentos digitales.


A. El Deber Procesal de Impugnación Específica


Un pilar del procedimiento civil y laboral es la obligación de la parte demandada de expedirse de manera específica sobre la autenticidad y el contenido de los documentos que la actora adjunta a la demanda. No es suficiente la formulación de una negativa genérica ("niego todo" o la mera declaratoria de rebeldía), sino que se requiere una negación categórica y fundada, especialmente cuando se trata de impugnar la autenticidad de un documento.5

La SCBA sostiene que la ausencia de una impugnación específica de la autenticidad de un archivo digital (un chat, una transferencia) constituye una omisión procesal grave. El empleador, al ser la parte que conoce su propio sistema de comunicación y su identidad corporativa, tiene un deber superior de diligencia y colaboración procesal.


B. Teoría de la Inversión Probatoria por Omisión


Cuando el demandado incurre en rebeldía o contesta la demanda de manera evasiva sin negar categóricamente el origen, contenido o autenticidad de un documento digital, se activa la inversión probatoria. Esta omisión procesal opera como un reconocimiento tácito de la autenticidad de dicho documento.

La consecuencia práctica de este reconocimiento es crucial: el trabajador queda eximido de la carga de probar la autenticidad a través de un costoso peritaje informático. La presunción generada por el silencio satisface el estándar de valoración exigido por la doctrina, que requiere que el documento goce de literosuficiencia y que no haya sido impugnado por la parte a quien perjudica.5

El silencio del empleador, por lo tanto, no solo activa la presunción iuris tantum sobre los hechos alegados (como lo establece la norma general procesal 3), sino que, más específicamente, actúa como una presunción de autenticidad documental. Este desplazamiento de la carga probatoria es la manifestación concreta del principio de equidad, al forzar a la parte mejor posicionada (el empleador) a soportar el peso de refutar la prueba, en lugar de obligar al trabajador a costear su prueba inicial.


C. El Silencio y la Fuerza del Principio de Colaboración Procesal


El empleador tiene un deber inherente de colaborar en el esclarecimiento de los hechos, especialmente cuando los elementos de prueba (como los sistemas de comunicación digital internos o los registros de pagos) están bajo su control.2

La SCBA penaliza al empleador que, pudiendo utilizar sus recursos tecnológicos y documentales superiores para desvirtuar la autenticidad de un chat o una transferencia (por ejemplo, aportando un peritaje que pruebe la manipulación), decide guardar silencio o recurrir a una negativa ambigua. Al hacerlo, incumple su deber de colaboración, y el tribunal extrae una inferencia probatoria desfavorable con respecto a la validez del documento digital presentado por el trabajador.


IV. Mapeo Jurisprudencial de la SCBA y Tribunales de Trabajo (PBA)


La SCBA y los Tribunales de Trabajo de PBA han delineado criterios claros respecto a la aplicación de las presunciones adversas en el ámbito digital, consolidando el mecanismo de reconocimiento tácito.


A. Doctrina Fundacional de la SCBA sobre Presunciones Adversas


La doctrina de la SCBA reafirma el alcance y la fuerza de la presunción iuris tantum derivada de la falta de contestación de la demanda.3 Aunque la presunción es rebatible, su fuerza radica en que obliga al demandado a aportar prueba fehaciente en contrario para desvirtuarla. En el contexto digital, esto implica que si se presume la autenticidad de un mensaje de WhatsApp por el silencio del empleador, este debe probar que el mensaje fue falsificado o que el contenido es inveraz, y no simplemente limitarse a cuestionar la falta de una pericia previa por parte del actor.

Fallo como los emanados del Tribunal del Trabajo N° 1 de Quilmes, que han sido objeto de revisión por la SCBA 10, establecen la línea de pensamiento que utiliza el principio de tutela efectiva y la proporcionalidad probatoria 1 para fortalecer la validez de la prueba digital accesible al trabajador.


B. Jurisprudencia Específica sobre WhatsApp y la Ausencia de Impugnación


En casos de rebeldía, la SCBA ha permitido que la simple prueba complementaria (como el testimonio del actor o un acta notarial de existencia) supla la necesidad de una pericia informática costosa. Cuando el demandado ha guardado silencio (o ha respondido sin negar categóricamente la autenticidad del número de teléfono o el contenido del diálogo) respecto a un chat adjunto a la demanda que contiene elementos clave (como el despido o el reconocimiento de una deuda 8), el tribunal considera que la autenticidad ha sido tácitamente reconocida.

No obstante, la SCBA mantiene un requisito mínimo: la prueba digital, aun con el beneficio de la presunción por silencio, debe estar contextualizada. El trabajador debe aportar elementos de verosimilitud (quiénes eran los participantes de la conversación, cuándo ocurrió y cómo se relaciona con el conflicto laboral). La presunción generada por el silencio es más sólida cuando el contenido del chat es coherente con otros hechos verificados del expediente.


C. Criterio Jurisprudencial sobre Transferencias Digitales en Casos de Rebeldía


Respecto a las transferencias digitales (como comprobantes de CBU), si el empleador es declarado en rebeldía o no contesta la demanda, el tribunal presume que los movimientos recurrentes de dinero a favor del trabajador corresponden a pagos laborales (salarios, comisiones o pagos parciales no registrados).

En este escenario, el silencio del empleador produce una inversión de la carga de la prueba sobre la causa de las transferencias. El empleador queda obligado a demostrar, con prueba fehaciente (ej. documentación de préstamos, donaciones o servicios no laborales), que esos pagos no se originaron en la relación de empleo. Esta situación se agrava si el empleador también incumple el Art. 55 LCT al no exhibir los registros obligatorios.4


D. Tendencias Post-Ley 15.057 y la Inmediación Judicial


La Ley 15.057 de PBA, al enfatizar la oralidad y la inmediación en las audiencias 6, ha fortalecido la capacidad del juez para evaluar la verosimilitud del reclamo del trabajador. En el contexto de rebeldía o silencio, la observación directa del testimonio del actor sobre el contexto de la prueba digital puede reforzar la convicción judicial. El juez puede validar la presunción iuris tantum (derivada del silencio) con una valoración directa y personal de la credibilidad del relato del trabajador, lo que proporciona una base más sólida para el dictado de sentencia. La búsqueda de eficiencia procesal, que intenta evitar la lentitud de las pericias forenses, también contribuye a que los tribunales utilicen esta ficción de reconocimiento tácito como una herramienta eficaz para la resolución de la prueba, siempre dentro de los límites del debido proceso.

V. Conclusiones Estratégicas y Lineamientos para el Litigio en PBA



A. Síntesis del Estándar Probatorio Digital Bajo Rebeldía


El análisis de la doctrina de la SCBA y los Tribunales de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires establece un principio operativo claro: el silencio procesal o la omisión del empleador de impugnar de manera específica la autenticidad de la prueba documental digital (chats de WhatsApp o comprobantes de transferencias) equivale a un reconocimiento tácito de su validez.

Este mecanismo de inversión probatoria es fundamentalmente un instrumento de equidad procesal. Libera al trabajador de la pesada y costosa carga de demostrar la autenticidad mediante un peritaje informático, transfiriendo al empleador la obligación de probar la falsedad del documento, un estándar mucho más difícil de cumplir una vez que ha precluido la oportunidad de contestar o impugnar específicamente. El empleador, al ser la parte con recursos y deber de custodia documental (análogo a lo previsto en el Art. 55 LCT), es la parte obligada a desvirtuar la evidencia digital con prueba fehaciente en contrario.4

La verosimilitud de la prueba digital es el requisito indispensable que debe acompañar siempre a la presunción derivada del silencio. La presunción será fuerte si el contenido del documento se relaciona lógicamente con otros hechos del caso (por ejemplo, si un chat de despido se corrobora con la ausencia de registro en los libros).


B. Recomendaciones para la Presentación de Prueba Digital (Estrategia Proactiva)


Para maximizar la fuerza probatoria de los documentos digitales en el fuero laboral de PBA, incluso anticipando la rebeldía del demandado, se sugiere una estrategia proactiva:

  1. Contextualización Obligatoria: Las capturas de pantalla de WhatsApp deben ser acompañadas sistemáticamente por evidencia que pruebe la identidad de los interlocutores (ej. número de teléfono asociado a la empresa o al superior jerárquico) y el marco temporal de la conversación. Esta contextualización eleva la verosimilitud del documento, fortaleciendo la presunción iuris tantum derivada del silencio.8

  2. Utilización Estratégica del Acta Notarial: Aunque un acta notarial no prueba la autenticidad intrínseca del contenido de un chat (pues solo certifica que el escribano vio el contenido en una fecha determinada), sí prueba la cadena de custodia y la existencia del documento digital en un momento dado.8 Si el demandado es declarado en rebeldía, la combinación del acta notarial y el silencio se convierte en una prueba de altísimo valor.

  3. Ofrecimiento de Pericia Informática (Condicional): El trabajador debe ofrecer la pericia informáica en su demanda (cumpliendo con la carga de ofrecimiento), pero debe argumentar inmediatamente que dicha prueba solo será necesaria en caso de que el demandado impugne específicamente la autenticidad del documento. Si el demandado guarda silencio, la SCBA ha permitido que esta omisión neutralice la necesidad de llevar a cabo la costosa pericia.


C. Proyecciones Futuras


Si bien la doctrina de la SCBA ha logrado integrar la prueba digital al proceso laboral bajo los principios de equidad, la falta de una regulación procesal específica y estandarizada sigue siendo un desafío.7 La necesidad de establecer protocolos judiciales claros para la recolección probatoria digital, con una perspectiva garantista 1, reduciría la dependencia de la fuerte sanción de la rebeldía para alcanzar la justicia material. Estos protocolos deberían estandarizar la forma en que los Tribunales de Trabajo manejan los metadatos y la verificación inicial de los archivos, asegurando que el estándar de prueba digital sea robusto sin imponer barreras económicas insuperables al trabajador.

Fuentes citadas

  1. La carga probatoria en el proceso laboral: una evaluación desde la óptica constitucional en Bolivia (2019-2024) The burden of - Dialnet, acceso: noviembre 26, 2025, https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/10348625.pdf

  2. El valor probatorio del silencio en contextos de desigualdad material - Paul Paredes, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.paulparedes.pe/papers/PAUL-PAREDES_VALOR-PROBATORIO-SILENCIO-DESIGUALDAD.pdf

  3. Falta de contestación de la demanda, presunción juris tantum - SAIJ, acceso: noviembre 26, 2025, http://www.infojus.gob.ar/falta-contestacion-demanda-presuncion-juris-tantum-sull002208/123456789-0abc-defg8022-00llsoiramus

  4. Prueba del contrato de trabajo, prueba documental, omisión de exhibir documentos - SAIJ, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.saij.gob.ar/prueba-contrato-trabajo-prueba-documental-omision-exhibir-documentos-suq0004471/123456789-0abc-defg1744-000qsoiramus

  5. LA PRUEBA DIGITAL EN EL PROCESO LABORAL - idUS, acceso: noviembre 26, 2025, https://idus.us.es/bitstreams/b5d475a9-cee6-46ac-bdff-b6041d4a0002/download

  6. Derecho del Trabajo, acceso: noviembre 26, 2025, https://admin-microjuris.com/revistas/dossierTrabajo/DosierdeActualidad_03.pdf

  7. Insuficiente regulación de la prueba digital y su valoración en el proceso penal, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.593dp.com/index.php/593_Digital_Publisher/article/view/3399

  8. ¿Es válido WhatsApp como prueba en un juicio laboral? - VCGH Abogados, acceso: noviembre 26, 2025, https://vcghabogados.com/validez-whatsapp-como-prueba-en-un-juicio-laboral/

  9. ¿Tiene validez legal un mensaje de Whatsapp? - Consejo General de Gestores Administrativos, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.consejogestores.org/noticias/validez-legal-mensaje-whatsapp/

  10. datos del fallo - JUBA - SCBA, acceso: noviembre 26, 2025, https://juba.scba.gov.ar/VerTextoCompleto.aspx?idFallo=187131